El líder del partido Alianza para el Progreso, César Acuña Peralta, fue hallado responsable del delito de violación a la libertad de trabajo por el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo. Por este fallo, el exgobernador regional de La Libertad recibió una pena de un año y seis meses de prisión suspendida, una sanción penal orientada a castigar los actos que vulneren o atenten contra los derechos laborales de los trabajadores.
El líder de Alianza para el Progreso, César Acuña, fue condenado por el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo a un año y seis meses de prisión suspendida. El fallo lo declara responsable del delito de violación a la libertad de trabajo debido al impago de beneficios laborales durante su gestión en el Gobierno Regional de La Libertad. La sentencia obliga al político a pagar un total de S/ 97,377.88 que incluye la deuda principal y la reparación civil a favor de los sucesores de una docente. Asimismo, Acuña deberá cumplir reglas de conducta estrictas, como comparecer mensualmente ante el juzgado y no cambiar de residencia sin autorización.
- César Acuña recibió una sentencia de 18 meses de prisión suspendida por vulnerar derechos laborales.
- El proceso judicial determinó una deuda de S/ 88,525.35 por conceptos de preparación de clases no pagados.
- El fallo impone el pago total de S/ 97,377.88 dividido en tres cuotas mensuales obligatorias.
- La justicia estableció restricciones de conducta que incluyen informes mensuales de actividades y prohibición de mudar domicilio sin permiso.
Detalles del proceso y reglas de conducta impuestas por la justicia
La controversia judicial se originó a raíz de una demanda promovida por la docente Flor de María Saldaña Plasencia respecto al pago de bonificaciones adeudadas por el Gobierno Regional de La Libertad durante la gestión de Acuña. Luego de que la profesora falleciera, su hijo, Luis Alejandro Novoa Saldaña, asumió la titularidad de la causa como sucesor legal con el objetivo de exigir la ejecución de la orden judicial.
En el proceso, el juzgado constató que Acuña omitió el pago de S/ 88,525.35 correspondientes a beneficios por preparación de clases. Frente a esta situación, la jueza Katherine Dora Granda Fernández resolvió que el político no ingresará al penal, aunque deberá someterse obligatoriamente a una serie de restricciones de conducta para conservar su libertad.
Entre las medidas adoptadas, el tribunal le prohibió cambiar de residencia sin permiso previo, le ordenó no cometer delitos de similar naturaleza y determinó que debe comparecer cada treinta días a la Oficina de Control para informar y justificar sus actividades a través del registro oficial.
A la par, la sentencia lo obliga a hacer efectivos los adeudos laborales pendientes mediante el abono de una suma global de S/ 97,377.88 en favor del afectado, monto que contempla la deuda principal y una reparación civil de S/ 8,852.53 por los perjuicios ocasionados. Para el cumplimiento de este mandato, la judicatura estableció que el pago se efectúe en tres cuotas mensuales de S/ 32,459.29 mediante certificados de depósito en el Banco de la Nación.
Finalmente, el tribunal dejó en claro las consecuencias en caso de inobservancia a lo resuelto, enfatizando que todo se dicta:
“Bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento de aplicarse en lo que corresponda, cualquiera de las prerrogativas legales que se previenen en el artículo 59° del Código Penal, previo requerimiento fiscal y a consideración del Juez de Ejecución de sentencia”.
