La Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas de Arequipa logró que se dicte sentencia condenatoria de 22 años y 6 meses de pena privativa de libertad efectiva contra tres extranjeros, ciudadanos de nacionalidad venezolana, como coautores del delito contra la dignidad humana en la modalidad de explotación sexual, en agravio de seis mujeres extranjeras.
La Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas de Arequipa consiguió una condena de 22 años y 6 meses de prisión contra tres ciudadanos venezolanos por el delito de explotación sexual en agravio de seis mujeres. Los sentenciados, vinculados a la organización criminal 'Tren de Aragua – Los Hijos de Dios', captaban a sus víctimas mediante falsas promesas laborales para luego imponerles deudas de hasta S/ 15,000 por concepto de traslado. El operativo de rescate se ejecutó en el distrito de Acarí, provincia de Caravelí, tras una exhaustiva investigación que presentó 65 medios probatorios ante el Poder Judicial. Además de la pena privativa de libertad, los culpables deberán abonar una reparación civil individualizada para cada una de las víctimas afectadas por esta red.
- Condena de 22 años y 6 meses de cárcel para Yorber Peña Montero, José Pérez García y Carmen Cahuana Castro.
- Los imputados utilizaban el nombre del 'Tren de Aragua' para atemorizar a seis víctimas extranjeras captadas bajo engaño.
- El rescate se produjo en el 'Restobar Dongo' en Acarí, tras una investigación que incluyó 65 medios probatorios.
- Las víctimas eran obligadas a ejercer el comercio sexual para pagar supuestas deudas por su traslado desde Venezuela.
- Se fijó una reparación civil de S/ 15,000 para cada una de las seis mujeres afectadas por esta red criminal.
El fiscal adjunto provincial Pool Kevin Alarcón Barrionuevo, a cargo del caso, demostró cómo operaban los sentenciados Yorber Daniel Peña Montero, José Miguel Pérez García y Carmen Yesenia Cahuana Castro, quienes alegaban ser integrantes de la organización criminal “Tren de Aragua – Los Hijos de Dios” para atemorizar a sus víctimas y concretar su accionar delictivo.
Durante el juicio se actuaron 65 medios probatorios, recabados en la etapa de investigación, los cuales permitieron corroborar la responsabilidad penal de los procesados.
El modus operandi de la red de explotación sexual
Según la acusación fiscal, los imputados captaban a mujeres venezolanas —directamente o mediante otras víctimas ya sometidas— a través de redes sociales, ofreciéndoles falsos trabajos en el Perú, con la promesa de altos ingresos económicos para adquirir viviendas en Venezuela o enviar dinero a sus familiares.

Posteriormente, las víctimas eran contactadas por supuestos “asesores”, quienes se encargaban de recibirlas durante su trayecto desde Venezuela hasta el Perú, proporcionándoles alimentación, alojamiento y pasajes, generando así una deuda económica.
Una vez en el país, las mujeres eran asignadas a un presunto miembro de la organización criminal, denominado “padre”, quien les imponía una “multa” de hasta S/ 15 000, correspondiente a los gastos del traslado, monto que debían pagar para recuperar su libertad.
Las víctimas eran explotadas sexualmente en locales nocturnos o en la vía pública, bajo custodia y control permanente, siendo agredidas físicamente o sancionadas con el incremento de la deuda si intentaban huir o incumplían órdenes. Todo el dinero obtenido era retenido por los imputados.
Los procesados fueron detenidos el 31 de agosto de 2023 por personal de la Dirección Contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, durante un operativo en el “Restobar Dongo”, ubicado en la Asociación de Vivienda 7 de Noviembre, distrito de Acarí, provincia de Caravelí, donde se logró el rescate de las seis víctimas.
Conforme a la sentencia, los condenados deberán pagar una reparación civil de S/ 15 000 a favor de cada agraviada, sumando un total de S/ 90 000. Los sentenciados permanecen internos en un penal desde su detención, cumpliendo prisión preventiva.
