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Elecciones 2026: Manuel Vera infringió neutralidad electoral según el Jurado Electoral Especial

Elecciones 2026: Manuel Vera infringió neutralidad electoral según el Jurado Electoral Especial
Elecciones 2026: Manuel Vera infringió neutralidad electoral según el Jurado Electoral Especial

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa determinó la existencia de una primera infracción al deber de neutralidad electoral por parte de Manuel Vera Paredes, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado y candidato a la alcaldía provincial de Arequipa por Fuerza Arequipeña.

El Jurado Electoral Especial de Arequipa determino que Manuel Vera Paredes, alcalde de Cerro Colorado y candidato a la alcaldia provincial por Fuerza Arequipena, cometio una infraccion al deber de neutralidad electoral. La decision se baso en tres videos difundidos en redes sociales donde se asocia su imagen municipal y obras de su gestion con simbolos y colores de su agrupacion politica. El organo electoral ordeno al burgomaestre no reincidir en esta falta, advirtiendo con amonestacion publica y multas a su partido en caso contrario. Ademas, el colegiado dispuso remitir los actuados a la Contraloria General de la Republica y a la comuna de Cerro Colorado para que evaluen las acciones correspondientes.

  • El JEE de Arequipa emitio la Resolucion N.º 01979-2026-JEE-AQPA/JNE tras detectar infracciones de neutralidad en videos publicados en Facebook y TikTok de Manuel Vera Paredes.
  • Las publicaciones vinculaban obras y actividades oficiales del municipio de Cerro Colorado con la simbologia, colores y mensajes electorales de Fuerza Arequipena.
  • El JEE ordeno a Vera Paredes abstenerse de reincidir, bajo advertencia de imponer amonestacion publica y una multa a su organizacion politica.
  • Se remitiran copias del expediente a la Contraloria General de la Republica y a la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado para la evaluacion de medidas administrativas.
  • El Jurado Nacional de Elecciones ya habia ratificado en julio previo otra infraccion de neutralidad contra el alcalde por participar en un acto proselitista.
Generado con IA a traves de OpenAI. Verifica los datos en el contenido original.
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La decisión fue adoptada mediante la Resolución N.º 01979-2026-JEE-AQPA/JNE, emitida el 15 de septiembre, tras evaluar publicaciones difundidas en las cuentas de Facebook y TikTok denominadas “Manuel Vera Paredes”.

Según el colegiado, en estos contenidos se combina la imagen del alcalde con la simbología e identidad cromática de su organización política y se hace referencia a obras de su gestión municipal.

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Manuel Vera: JEE identifica publicaciones cuestionadas

El órgano electoral identificó tres videos como elementos que sustentan la infracción. Uno de ellos corresponde a una actividad oficial de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado realizada el 10 de julio de 2026, relacionada con el inicio de una obra de protección en la ribera de quebradas vulnerables de la Asociación Bustamante y Rivero, Sector IV.

Para el JEE, en dicho material se habría combinado la imagen de Vera Paredes con los colores y el símbolo de Fuerza Arequipeña. Otro video, registrado el 11 de julio durante una transmisión en vivo, muestra al propio alcalde realizando declaraciones como: nosotros no los vamos a defraudar, tú me conoces, como también nos conocen los de Cerro Colorado y toda Arequipa”.

En sus descargos, Vera Paredes solicitó el archivo del expediente y sostuvo que las actividades cuestionadas no eran oficiales y que algunos contenidos habían sido difundidos desde cuentas de terceros.

En sus descargos, Vera Paredes solicitó el archivo del expediente y sostuvo que las actividades cuestionadas no eran oficiales
En sus descargos, Vera Paredes solicitó el archivo del expediente y sostuvo que las actividades cuestionadas no eran oficiales

Sin embargo, el colegiado señaló que la constatación de oficio realizada en las plataformas digitales permitió establecer la existencia y difusión de los contenidos.

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El JEE también precisó que la eliminación posterior de uno de los videos no elimina la presunta responsabilidad, debido a que, según el criterio aplicado en la resolución, la infracción se configura desde el momento en que el contenido es publicado.

Ordenan evitar una nueva infracción

Como parte de la resolución, el JEE ordenó a Manuel Vera Paredes abstenerse de incurrir nuevamente en una infracción al deber de neutralidad electoral. En caso de reincidencia, advirtió que podría imponerse una amonestación pública y una multa a Fuerza Arequipeña.

Asimismo, el órgano electoral dispuso remitir copias de lo actuado a la Contraloría General de la República y a la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado, para que evalúen las acciones administrativas que correspondan dentro de sus competencias.

Esta resolución se produce después de que el Jurado Nacional de Elecciones confirmara en julio una infracción anterior atribuida a Vera Paredes por su participación en un acto proselitista durante las Elecciones Generales 2026. En ese caso, el JNE declaró infundado su recurso de apelación y ratificó la decisión del JEE Arequipa 2.

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