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Poder Judicial ordena desalojo definitivo de stands instalados en exteriores del estadio Melgar

Poder Judicial ordena desalojo definitivo de stands instalados en exteriores del estadio Melgar
Poder Judicial ordena desalojo definitivo de stands instalados en exteriores del estadio Melgar

El Poder Judicial confirmó de manera definitiva el desalojo de los stands comerciales instalados en la zona norte del estadio Melgar de Arequipa, poniendo fin a un proceso judicial que se inició tras la permanencia de comerciantes en espacios cuyo contrato de arrendamiento había vencido en enero de 2023.

El Poder Judicial de Arequipa confirmó el desalojo definitivo de los stands comerciales ubicados en los exteriores del estadio Melgar tras declarar ejecutoriada la sentencia contra el ocupante precario. La resolución ratifica que el demandado carece de un título válido de posesión debido a que el contrato de arrendamiento con el IPD venció en enero de 2023. A pesar de los múltiples requerimientos y cartas notariales enviadas por la institución deportiva, los espacios no fueron devueltos en su oportunidad. Con este fallo de segunda instancia, se procederá a la ejecución del lanzamiento forzoso para recuperar las áreas ocupadas en las explanadas norte y occidente.

  • El contrato original N.º 020-2022-CRD/IPD-Arequipa tuvo una vigencia temporal de 48 días, finalizando oficialmente el 15 de enero de 2023.
  • La Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa confirmó íntegramente la sentencia previa que ordenaba la restitución de los espacios.
  • El proceso judicial determinó que el arrendatario, Ricardo Guillermo del Carpio Linares, fue declarado rebelde al no contestar válidamente la demanda de desalojo.
  • La orden judicial establece que el desalojo se ejecutará bajo apercibimiento de lanzamiento e incluye el pago de costas y costos procesales por parte del demandado.
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La decisión quedó formalizada mediante la Resolución N.º 26, emitida el pasado 2 de junio por el Sexto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que declaró ejecutoriada la Sentencia N.º 100-2023-6JCE, emitida originalmente el 11 de setiembre de 2023.

Con esta resolución, el fallo adquiere carácter definitivo y habilita la ejecución del desalojo de los espacios ocupados en los exteriores del recinto deportivo.

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Sala Civil confirmó sentencia emitida en primera instancia

La sentencia que ordenaba el desalojo fue apelada por la parte demandada, por lo que el expediente fue elevado a la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

Tras revisar el caso, la instancia superior emitió el 26 de marzo de 2025 la Sentencia de Vista N.º 126-2025-2SC, mediante la cual confirmó íntegramente la decisión adoptada en primera instancia.

De esta manera, los magistrados ratificaron que el demandado no contaba con un título válido que justificara su permanencia en los espacios ocupados una vez vencido el contrato de arrendamiento suscrito con el Instituto Peruano del Deporte (IPD).

Conflicto se originó tras vencimiento de contrato temporal

El caso se remonta a noviembre de 2022, cuando el Consejo Regional del Deporte de Arequipa-IPD suscribió con Ricardo Guillermo del Carpio Linares el Contrato de Arrendamiento N.º 020-2022-CRD/IPD-Arequipa.

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El acuerdo autorizaba el uso temporal de las explanadas norte y occidente del estadio Melgar, además de servicios higiénicos ubicados en las puertas 1, 4, 5 y 6 del recinto deportivo, para la realización de un evento específico.

El contrato tuvo una vigencia de 48 días, comprendida entre el 28 de noviembre de 2022 y el 15 de enero de 2023.

Sin embargo, una vez concluido dicho plazo, el IPD solicitó en reiteradas oportunidades la devolución de los espacios mediante comunicaciones enviadas los días 16 y 23 de enero de 2023, así como una carta notarial remitida el 6 de febrero del mismo año.

Según el proceso judicial, el arrendatario no atendió ninguno de los requerimientos y continuó ocupando el inmueble, situación que motivó la presentación de una demanda de desalojo por ocupación precaria.

Desalojo se ejecutará bajo apercibimiento de lanzamiento

Durante el proceso judicial, la magistrada concluyó que el demandado carecía de un título vigente que legitimara la posesión de los espacios, debido a que el contrato había expirado.

Asimismo, se informó que el demandado fue declarado rebelde dentro del proceso al no presentar una contestación válida a la demanda interpuesta por el IPD.

Con la sentencia ya consentida y ejecutoriada, el Poder Judicial dispuso que el desalojo se ejecute bajo apercibimiento de lanzamiento, además del pago de las costas y costos procesales por parte del demandado.

La decisión pone fin a un litigio que se prolongó por más de dos años y permitirá que el Instituto Peruano del Deporte recupere plenamente los espacios exteriores del estadio Melgar.

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