El Jurado Electoral Especial (JEE) de Caylloma sancionó al alcalde provincial de Caylloma, Alfonso Mamani Quispe con una amonestación pública y una multa equivalente a 30 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), tras determinar que incurrió en la difusión de publicidad estatal prohibida durante el periodo de las Elecciones Generales 2026.
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La medida fue adoptada mediante la Resolución N.° 00053-2025-JEE-CAY/JNE, emitida el 18 de noviembre de 2025, en la que el pleno del JEE concluyó que la autoridad edil es responsable de la exhibición de un banner institucional relacionado con el “Mejoramiento de los servicios educativos de la I.E.I. N.° 075 Divino Niño Jesús”, en el distrito de Chivay, acción que vulnera las normas de neutralidad electoral.
Caylloma: publicidad estatal vulneró la normativa electoral
Según el pronunciamiento del JEE, la difusión de este material constituye una infracción al Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones.
En ese sentido, se ordenó al alcalde el retiro inmediato del banner y se le concedió un plazo de 10 días calendario para presentar sus descargos; sin embargo, pese a haber sido notificado el 20 de octubre de 2025 vía casilla electrónica, no cumplió con responder.
Para hacer efectiva la sanción, el JEE de Caylloma dispuso, a través de la Resolución N.° 00099-2025-JEE-CAYL/JNE, la convocatoria a una audiencia pública programada para el 22 de diciembre de 2025 a las 10:00 a. m., donde se dará lectura oficial a la resolución sancionadora. La sesión podrá ser seguida por la ciudadanía mediante la plataforma Google Meet, aunque con capacidad limitada.
Finalmente, el presidente del Jurado Electoral Especial de Caylloma, Jaime Coaguila Valdivia, remarcó que las autoridades públicas están obligadas a actuar con responsabilidad y neutralidad durante los procesos electorales, advirtiendo que cualquier incumplimiento será sancionado conforme a ley.
