Un conductor fue sentenciado por manejar en estado de ebriedad en Arequipa, luego de que la Fiscalía lograra acreditar su responsabilidad en un proceso por flagrancia. El caso ha sido destacado por las autoridades como un ejemplo de la lucha contra los delitos que ponen en riesgo la seguridad pública.
El conductor Edgar G. Manchego R. fue sentenciado a seis meses de pena privativa de libertad efectiva por conducir en estado de ebriedad en Arequipa. La Fiscalía logró acreditar que el imputado manejaba con 1.58 gramos de alcohol por litro de sangre, superando los límites permitidos para la seguridad pública. Debido a su condición de reincidente, la jueza Salomé Salinas Aguirre denegó beneficios procesales y dictó reglas de conducta estrictas durante el proceso de apelación. De confirmarse la resolución en una instancia superior, el sentenciado será internado de inmediato en un centro penitenciario.
- Condena de seis meses de cárcel efectiva para conductor con 1.58 gramos de alcohol por litro de sangre.
- La jueza desestimó beneficios legales para el sentenciado tras acreditarse su condición de reincidente.
- Se impusieron reglas de conducta obligatorias, incluyendo la prohibición de consumir alcohol y reportes mensuales ante el juzgado.
- El proceso fue impulsado bajo la dirección de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva de Arequipa.
Se trata de Edgar G. Manchego R., quien recibió una condena de seis meses de pena privativa de libertad efectiva por el delito de conducción en estado de ebriedad, tras comprobarse que manejaba con un nivel de 1.58 gramos de alcohol por litro de sangre, considerado altamente peligroso.
Fiscalía y juzgado actuaron con firmeza ante reincidencia
El proceso fue impulsado por la Primera Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva de Arequipa, bajo la dirección del fiscal adjunto Jorge Luis Cabana Huayhua. Las diligencias iniciales estuvieron a cargo de la Unidad Policial de Flagrancia, permitiendo reunir las pruebas necesarias en corto tiempo.
Durante la audiencia, la jueza Salomé Salinas Aguirre, del Tercer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Flagrancia, evaluó los antecedentes del imputado y determinó que no correspondían beneficios, debido a su condición de reincidente en este tipo de delito.
Sentencia efectiva con cumplimiento de reglas estrictas
Pese a que la defensa pública solicitó consideraciones por el arrepentimiento del acusado y su situación familiar, el juzgado priorizó la protección de la ciudadanía frente a conductas de alto riesgo como la conducción bajo los efectos del alcohol.
Si bien la condena es de carácter efectivo, su ejecución ha sido suspendida provisionalmente, bajo el cumplimiento de estrictas reglas de conducta. Entre ellas, el sentenciado deberá abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y presentarse mensualmente ante el juzgado, hasta que una instancia superior confirme la resolución.
De ratificarse la sentencia, el imputado será internado de inmediato en un establecimiento penitenciario, en una decisión que refuerza el mensaje de tolerancia cero frente a este tipo de conductas que ponen en peligro la vida de las personas.
