El Poder Judicial declaró improcedente la demanda de habeas corpus presentada a favor del expresidente Martín Vizcarra, por lo que continuará cumpliendo la ejecución provisional de la sentencia de 14 años de prisión que recibió por el caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua, relacionado con el delito de cohecho pasivo propio.
La Primera Sala Constitucional de Lima declaró improcedente el habeas corpus presentado a favor de Martín Vizcarra, quien continuará cumpliendo su condena de 14 años de prisión. El colegiado determinó que el recurso carecía del requisito de firmeza legal debido a que la justicia ordinaria aún no resolvía la solicitud de suspensión de la pena al momento de su interposición. El exmandatario fue sentenciado por el delito de cohecho pasivo propio vinculado a las obras Lomas de Ilo y el Hospital de Moquegua. Para el 20 de agosto se ha programado la audiencia virtual de apelación que buscará anular la condena de primera instancia.
- El Poder Judicial ratificó la permanencia de Martín Vizcarra en prisión al rechazar un recurso de habeas corpus por falta de firmeza.
- La sentencia de 14 años se originó por el cobro de beneficios indebidos durante su gestión como gobernador regional de Moquegua.
- El tribunal programó para el 20 de agosto la audiencia para evaluar el recurso de apelación contra la condena efectiva.
- El fallo judicial incluye además nueve años de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos y el pago de 730 días multa.
Sala Constitucional considera que el recurso no cumplía con el requisito de firmeza
La Primera Sala Constitucional de Lima determinó que el habeas corpus, interpuesto en diciembre de 2025 por el ciudadano Mario Chávez, no podía ser admitido debido a que, en ese momento, la justicia penal ordinaria aún no emitía una resolución definitiva sobre la solicitud de suspensión de la condena. En consecuencia, el colegiado concluyó que no se cumplía con el requisito legal de firmeza para la presentación de este tipo de acciones constitucionales.
Sin embargo, los magistrados precisaron que, al haberse pronunciado posteriormente la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional sobre dicho pedido, la defensa del exmandatario tiene la posibilidad de presentar un nuevo habeas corpus si considera que existen fundamentos para ello.
La decisión fue adoptada por mayoría con los votos de los jueces superiores Luciano Cueva, David Suárez e Iván Cabrera. En tanto, Andrés Tapia y Oswaldo Ordóñez emitieron un voto en minoría al sostener que debía mantenerse el fallo de primera instancia, el cual favorecía la nulidad de la resolución que rechazó el pedido de Vizcarra para permanecer en libertad mientras se resolvía la apelación de la sentencia.
Audiencia de apelación fue programada para el 20 de agosto
De otro lado, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional fijó para el próximo 20 de agosto, a las 11:00 a. m., la audiencia virtual en la que evaluará el recurso presentado por la defensa del expresidente con el objetivo de anular la condena impuesta en primera instancia.
Sentencia por presuntos actos de corrupción
Martín Vizcarra fue condenado el 26 de noviembre de 2025 a 14 años de prisión efectiva por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, tras ser hallado culpable del delito de cohecho. Además, la sentencia establece nueve años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y el pago de 730 días multa.
Durante el proceso judicial, el tribunal concluyó que el exmandatario solicitó beneficios económicos indebidos vinculados a las obras de irrigación Lomas de Ilo y del Hospital de Moquegua cuando ejercía como gobernador regional. Según la resolución, exigió el 2 % del contrato adjudicado a la empresa Obrainsa, valorizado en más de 80 millones de soles, además de S/ 1,3 millones relacionados con la ejecución del proyecto hospitalario.
Si bien el Ministerio Público había solicitado una pena de 15 años de prisión, el colegiado decidió imponer una condena de 14 años tras la valoración de las pruebas presentadas durante el juicio.
