La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó el archivamiento definitivo del denominado caso Cócteles, investigación que involucraba a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, así como a otros dirigentes del partido por presuntos delitos relacionados con lavado de activos. La decisión se adoptó en cumplimiento de una sentencia emitida previamente por el Tribunal Constitucional.
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Sala rechazó argumentos de la fiscalía y respaldó ejecución del fallo constitucional
El colegiado, integrado por los magistrados César Sahuanay Calsin, Javier Sologuren Anchante y Omar Córdova Pintado, evaluó el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público, que buscaba revertir la resolución emitida en primera instancia por el juez Wilson Verástegui.
Durante el proceso, la fiscalía sostuvo que la facultad para decidir sobre el archivamiento de una investigación correspondía exclusivamente al Ministerio Público. Sin embargo, la Sala concluyó que la autonomía fiscal no es absoluta y debe ejercerse dentro de los límites establecidos por la Constitución.
En su resolución, los jueces señalaron que una vez que el Tribunal Constitucional determinó que las imputaciones centrales por lavado de activos y organización criminal carecían de sustento jurídico suficiente para continuar, correspondía al juez penal evitar que dicha situación siguiera produciendo efectos en el proceso.
Asimismo, los magistrados advirtieron que una interpretación distinta podría afectar la tutela efectiva de los derechos fundamentales y restar eficacia a una decisión constitucional firme. En ese sentido, remarcaron que “resulta procesalmente inadmisible que, bajo el pretexto de discutir competencia, se pretenda restringir, diferir o reinterpretar” una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional.
Resolución también alcanza a Fuerza Popular y Mark Vito
La decisión judicial no solo beneficia a Keiko Fujimori, sino también al partido político Fuerza Popular y a su exesposo, Mark Vito Villanela, quien continuaba comprendido en la investigación.
Según la Sala, los efectos de la sentencia constitucional deben extenderse a todos los procesados vinculados al mismo núcleo de hechos investigados. Los jueces explicaron que la inclusión de Fuerza Popular responde a que las imputaciones formuladas contra la organización política estaban relacionadas con los mismos hechos analizados por el Tribunal Constitucional.
Respecto a Mark Vito Villanela y la empresa MVV Bienes Raíces S.A.C., los magistrados concluyeron que no existía una fuente ilícita independiente que justificara mantener abierto un proceso separado. En otras palabras, consideraron que las acusaciones derivaban del mismo marco fáctico ya evaluado por el máximo intérprete de la Constitución.
Con esta resolución, el caso Cócteles queda oficialmente cerrado y el expediente será enviado al archivo. No obstante, el Ministerio Público aún podría recurrir a una casación ante la Corte Suprema, siempre que dicho recurso sea admitido para su revisión.
