Apunte Jurídico | En los Estados constitucionales de derecho no puede admitirse, bajo ninguna circunstancia, la instrumentalización de la justicia penal para perseguir adversarios políticos. La intervención del derecho penal está reservada para las conductas más graves que lesionan bienes jurídicos especialmente protegidos.
La Comisión Investigadora del Congreso sobre el Acuerdo de Colaboración Eficaz con Odebrecht aprobó un informe final que recomienda denunciar penalmente a diversos exfuncionarios y un periodista. Entre los señalados se encuentran exintegrantes del Equipo Especial Lava Jato, magistrados, exprocuradores y el periodista Gustavo Gorriti por presuntos delitos de prevaricato y abuso de autoridad. El documento legislativo sostiene que existiría un modelo de impunidad institucionalizada derivado de las actuaciones y cláusulas del acuerdo con la constructora brasileña. El análisis jurídico advierte sobre los riesgos de instrumentalizar la justicia penal con sesgos políticos, subrayando que el derecho penal debe actuar como la última ratio del ordenamiento jurídico.
- La Comisión del Congreso aprobó el informe final con 76 votos a favor de bancadas como Fuerza Popular, Perú Libre, Alianza para el Progreso, Renovación Popular y Avanza País.
- Se recomienda investigar a los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez, a la jueza María Álvarez y a los exfiscales de la Nación Zoraida Ávalos y Pablo Sánchez.
- Los delitos atribuidos en el informe legislativo incluyen prevaricato, abuso de autoridad, tráfico de influencias y omisión de funciones vinculados al caso Lava Jato.
- El análisis jurídico resalta que el sistema penal debe sancionar actos ilícitos previamente establecidos y no utilizarse como mecanismo de confrontación política o represalia.
Bajo la doctrina del derecho penal mínimo, no toda conducta reprochable constituye delito, sino únicamente aquellas que han sido expresamente tipificadas por la ley penal. Por ello, la justicia penal debe ser entendida siempre como la última ratio del ordenamiento jurídico.
En una democracia constitucional está prohibido utilizar el sistema penal como mecanismo de confrontación política. Del mismo modo, se encuentra proscrita toda forma de responsabilidad penal de autor.
Esto significa que el derecho penal sanciona actos y conductas ilícitas previamente establecidas en la ley, no personas por su nombre, cargo, posición ideológica o por el simple hecho de pensar distinto.
En consecuencia, lo que se investigan son hechos con relevancia penal y no individuos determinados por razones políticas o personales.

Apunte Jurídico | el informe del Congreso y las denuncias propuestas
La semana pasada, la Comisión Investigadora del Congreso encargada de examinar el Acuerdo de Colaboración Eficaz con Odebrecht aprobó su informe final con 76 votos a favor de las bancadas de Perú Libre, Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Renovación Popular y Avanza País.
El informe recomienda denunciar ante el Ministerio Público a José Domingo Pérez y Rafael Vela, exintegrantes del Equipo Especial Lava Jato; a María Álvarez, jueza que homologó el acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht; a Jorge Ramírez, exprocurador ad hoc para el caso Lava Jato; a Silvana Carrión, exprocuradora ad hoc; a los exfiscales de la Nación Zoraida Ávalos y Pablo Sánchez; y al periodista Gustavo Gorriti. Según el documento, existiría un supuesto modelo de impunidad institucionalizada.
El informe, que evidencia un marcado sesgo político, sostiene que las actuaciones de estos funcionarios habrían permitido la incorporación y defensa de cláusulas presuntamente ilegales en el Acuerdo de Colaboración Eficaz con Odebrecht, así como el archivamiento de denuncias consideradas relevantes y una indebida influencia en decisiones internas del Ministerio Público.
Sobre esa base, atribuye a los involucrados la presunta comisión de delitos graves, entre ellos prevaricato, abuso de autoridad, tráfico de influencias y omisión de funciones.
Los riesgos de la persecución política mediante el derecho penal
Lo que llama particularmente la atención es que muchas de las personas comprendidas en dicho informe han mantenido posiciones institucionales, jurídicas o políticas distintas a las de las bancadas parlamentarias que respaldaron su aprobación.
Incluso, durante el último proceso electoral, algunos de ellos asumieron posturas públicas claramente diferenciadas respecto de determinados sectores políticos, como ocurrió con el exfiscal José Domingo Pérez.
Resultaría profundamente pernicioso para la democracia que la persecución penal se convierta en una herramienta de represalia o venganza contra quienes sostienen ideas distintas.
El derecho penal democrático no puede dejar espacio para la instrumentalización de la justicia ni para formas encubiertas de persecución política. Debe proscribirse, venga de donde venga, cualquier manifestación de derecho penal de autor.
De lo contrario, se pondrían en riesgo las garantías fundamentales que sustentan el sistema de justicia penal y se desnaturalizaría la verdadera finalidad de la persecución del delito en un Estado constitucional de derecho.
