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Gobierno amplía vigencia del Reinfo hasta 2026 y dispone censo obligatorio para mineros artesanales

Gobierno amplía vigencia del Reinfo hasta 2026 y dispone censo obligatorio para mineros artesanales
Gobierno amplía vigencia del Reinfo hasta 2026 y dispone censo obligatorio para mineros artesanales

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.º 32537, que modifica el Decreto Legislativo 1293 y extiende el plazo del proceso de formalización minera integral de la pequeña minería y minería artesanal (Reinfo). Con esta norma, la vigencia del proceso se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta la entrada en vigor de la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, lo que ocurra primero.

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Durante este periodo de prórroga, el Ministerio de Energía y Minas (Minem), en su calidad de ente rector, deberá implementar acciones orientadas a la simplificación de procedimientos, así como reforzar la supervisión ambiental y social, con el objetivo de garantizar una transición ordenada y controlada hacia el nuevo marco legal que regulará al sector.

De acuerdo al contenido de la ley, esta no varía respecto a la propuesta que fue enviada por el Congreso. Días atrás, el presidente de la República, José Jerí, sostuvo que había un párrafo en observación. Según el ministro de Energía y Minas, Luis Bravo, estaba en duda la parte de que la ampliación dure un año más o hasta que se apruebe la ley Mape.

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Ampliación Reinfo: censo minero y sinceramiento obligatorio de ubicación

La nueva ley incorpora disposiciones más estrictas para los inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo). Entre las principales medidas se encuentra la ejecución de un Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, que estará a cargo del INEI, en coordinación con el Minem y el Ingemmet. Este empadronamiento deberá iniciarse en un plazo máximo de seis meses y culminar en un periodo no mayor de doce meses.

Asimismo, se establece un proceso obligatorio de “sinceramiento” de ubicación. Los mineros inscritos en el Reinfo tendrán 120 días calendario para reportar la ubicación real de sus operaciones mediante la Ventanilla Única de Formalización Minera. Esta información deberá incluir datos georreferenciados, los cuales serán validados técnicamente por el Minem para verificar la exactitud de los yacimientos y las actividades desarrolladas.

Con estas disposiciones, el Ejecutivo busca ordenar el proceso de formalización, depurar registros inconsistentes y fortalecer el control del Estado sobre la actividad minera artesanal, en un contexto de creciente preocupación por los impactos ambientales y la informalidad en el sector.

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