A partir del 2 de julio, los ciudadanos venezolanos que deseen ingresar al Perú deberán presentar un pasaporte ordinario vigente y una visa otorgada por una oficina consular peruana. Así lo dispone la Resolución N° 000121-2024-MIGRACIONES, publicada este jueves en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
Esta resolución, emitida por la Superintendencia Nacional de Migraciones, reemplaza a la Resolución Nº 000177-2019-MIGRACIONES del 12 de junio de 2019 y establece requisitos específicos para el control migratorio.
Para obtener la calidad migratoria temporal o residente, los ciudadanos venezolanos deben presentar un pasaporte ordinario vigente y la visa correspondiente, otorgada por una oficina consular peruana. En el caso de la calidad migratoria residente, también se acepta una visa humanitaria vigente.
La norma incluye una disposición que permite, por única vez, que los venezolanos con pasaportes vencidos puedan solicitar el cambio de calidad migratoria, siempre que hayan ingresado al país antes del 2 de julio de 2024 y cumplan con los demás requisitos y condiciones de cada procedimiento.
Pasaporte venezolanos: desde el martes 2 de julio
Además, la resolución encarga a las Direcciones de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, y de Registro y Control Migratorio, emitir disposiciones complementarias dentro de sus competencias para asegurar el cumplimiento de la nueva normativa. La resolución entrará en vigencia cinco días calendario después de su publicación.