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Arequipa: Indecopi multa con S/59 652 a clínica por publicidad engañosa en campaña de cáncer de próstata

Arequipa: Indecopi multa con S/59 652 a clínica por publicidad engañosa en campaña de cáncer de próstata
Arequipa: Indecopi multa con S/59 652 a clínica por publicidad engañosa en campaña de cáncer de próstata

El Indecopi impuso una multa de 11.15 UIT, equivalente a S/59 652, a la empresa Tecnologías Médicas Arequipa S.A., conocida como Clínica Emmel, en Arequipa, por difundir publicidad considerada engañosa en una campaña de despistaje de cáncer de próstata.

La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi ratificó una multa de S/59 652 contra la Clínica Emmel en Arequipa por difundir publicidad engañosa. La sanción se originó tras comprobarse que el centro médico promocionó una campaña de despistaje de cáncer de próstata asegurando la atención de una especialista en urología sin contar con el sustento debido. La autoridad determinó que esta conducta vulnera las normas de competencia desleal al inducir a error a los consumidores sobre la calidad de los servicios de salud ofrecidos. Con esta medida, el organismo regulador busca proteger el derecho de los pacientes a recibir información veraz y transparente en sus decisiones médicas.

  • Indecopi impuso una multa de 11.15 UIT, equivalente a S/59 652, a la empresa Tecnologías Médicas Arequipa S.A.
  • La infracción se debió a la promoción de una campaña médica en redes sociales que ofrecía atención por una especialista no acreditada en urología.
  • La conducta fue calificada como un acto de competencia desleal en la modalidad de engaño, según el Decreto Legislativo N.° 1044.
  • La resolución subraya la obligación de los proveedores de salud de sustentar objetivamente todas las afirmaciones realizadas en sus campañas publicitarias.
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La sanción fue ratificada por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC), tras determinarse que el centro médico incurrió en actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, afectando la transparencia en el mercado de servicios de salud.

Indecopi: promocionaron especialista en urología sin sustento

Según la investigación, la clínica utilizó su cuenta de Facebook para promocionar una campaña médica asegurando que la atención sería brindada por una profesional con especialidad en urología. Sin embargo, durante el procedimiento administrativo, la empresa no logró acreditar que dicha profesional contara con esa especialización.

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Para la autoridad administrativa, esta conducta constituye una vulneración al artículo 8 del Decreto Legislativo N.° 1044, norma que reprime los actos de competencia desleal y protege a los consumidores frente a información falsa o que pueda inducir a error.

La resolución establece que promocionar servicios médicos atribuyendo especialidades no acreditadas puede generar una falsa expectativa en los pacientes y afectar su derecho a tomar decisiones informadas sobre su salud.

Con esta sanción, Indecopi reafirmó su rol fiscalizador sobre la publicidad difundida en plataformas digitales, recordando que los proveedores están obligados a sustentar objetivamente cualquier afirmación realizada en sus campañas promocionales.

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