La Universidad Nacional de Moquegua tomó la decisión de apartar de sus funciones a un profesor de la carrera de Ingeniería Ambiental en la sede de Ilo, luego de que un grupo de alumnas acudiera al Ministerio Público para formalizar una denuncia por hostigamiento y acoso sexual en su contra. Frente a la gravedad de los hechos, la institución formalizó la medida mediante la resolución N°5082026, emitida el 5 de agosto, decretando su separación preventiva del cargo mientras duran las investigaciones.
La Universidad Nacional de Moquegua suspendió preventivamente a un docente de la carrera de Ingeniería Ambiental en la sede de Ilo tras denuncias de hostigamiento y acoso sexual. La medida se formalizó mediante la resolución N°5082026 luego de que las estudiantes presentaran el caso ante el Ministerio Público. Según las acusaciones, el catedrático utilizaba mensajes de WhatsApp para condicionar calificaciones a cambio de citas personales fuera del horario académico. La institución aplica su directiva interna que reconoce los registros digitales como pruebas válidas en estos procesos disciplinarios.
- La suspensión preventiva del docente se oficializó el 5 de agosto mediante resolución institucional.
- Las denunciantes presentaron evidencia de mensajes digitales donde se ofrecía trato preferente académico por favores sexuales.
- La Universidad Nacional de Moquegua basa su actuación en la Directiva para la Prevención e Intervención ante el Hostigamiento Sexual.
- El caso ha sido derivado a las instancias correspondientes del Ministerio Público para la investigación legal.
Pruebas y chantaje académico mediante mensajes digitales
De acuerdo con las acusaciones presentadas por las afectadas, el docente utilizaba la plataforma WhatsApp para enviar textos con sugerencias explícitas de índole sexual. En dichas conversaciones, el profesional condicionaba la mejora de las calificaciones de las universitarias a cambio de pactar citas a solas fuera de la jornada académica.
Respecto a este tipo de situaciones, la normativa institucional señala explícitamente en la Directiva para la Prevención e Intervención ante el Hostigamiento Sexual de la universidad que los mensajes de texto son considerados elementos de prueba totalmente válidos. Asimismo, la regla estipula que este comportamiento encaja dentro de la categoría de “promesa implícita o expresa de trato preferente a cambio de favores sexuales”.
