El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda competencial presentada por el Ejecutivo y resolvió que las investigaciones fiscales y judiciales contra la presidenta de la República, Dina Boluarte, queden suspendidas hasta que culmine su gestión el 28 de julio de 2026.
Según el fallo, las disposiciones emitidas por el Ministerio Público y el Poder Judicial “han menoscabado la competencia” de la mandataria, pues el artículo 117 de la Constitución establece límites claros para la acusación a un presidente en funciones.
Alcances del fallo sobre inmunidad presidencial
El TC precisó que la inmunidad presidencial es “estrictamente necesaria” para garantizar el adecuado ejercicio del cargo, por lo que solo procede una acusación constitucional en los supuestos señalados en el artículo 117 de la Carta Magna. El máximo intérprete de la Constitución recordó que cualquier proceso penal contra el presidente solo puede iniciarse tras un antejuicio político en el Congreso.
El tribunal señaló en su resolución que, de permitirse lo contrario, se estaría “transgrediendo el principio de corrección funcional” y vaciando de contenido las prerrogativas que la Constitución otorga al jefe de Estado.

Facultades limitadas para el Ministerio Público
Respecto al papel de la Fiscalía, el TC sostuvo que la Fiscalía de la Nación únicamente puede realizar diligencias “urgentes, inaplazables y estrictamente necesarias” durante el mandato presidencial, como la toma de declaración —que deberá realizarse en Palacio de Gobierno, una o dos veces como máximo—, pedidos de información y requerimientos de prueba documental. Tras esos actos, cualquier procedimiento deberá suspenderse hasta que Boluarte concluya su gestión.
Investigaciones específicas suspendidas
El fallo también alcanza las indagaciones que originaron la controversia competencial, como el caso de los relojes Rolex, la desactivación del equipo EFICCOP y las muertes ocurridas durante las protestas sociales de 2022. El TC indicó que tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial incurrieron en actos “viciados de incompetencia” y convalidaron diligencias “al margen de la Norma Fundamental”.
Por ello, dispuso que dichas investigaciones se reanuden recién una vez que la mandataria deje el cargo. Además, advirtió que la filtración de información en este tipo de procesos puede dañar la imagen presidencial sin necesidad de una sentencia, afectando así la institucionalidad del país.