La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) difundió el proyecto del “Reglamento de Condiciones Básicas de Calidad para la prestación del servicio educativo superior universitario en la modalidad semipresencial y a distancia”, un documento que marcará los lineamientos que deberán seguir las universidades del país para ofrecer carreras con componentes virtuales o mixtos.
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El texto fue preparado por la Dirección Técnico Normativa Superior Universitaria (Dirtensu) y detalla las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) que deberán cumplir las instituciones para operar programas no presenciales. Su publicación se hizo oficial mediante la Resolución de Superintendencia N.° 056-2025-SUNEDU, emitida el 2 de diciembre de 2025.
Principales cambios planteados por la Sunedu
La propuesta incluye una serie de criterios que regularán la implementación de las modalidades semipresenciales y a distancia. Entre ellos, destacan:
- Establecer qué actividades presenciales serán obligatorias según la naturaleza de cada carrera.
- Presentar una relación amplia de situaciones que pueden considerarse como presencialidad, permitiendo que cada universidad la adapte de acuerdo con su autonomía.
- Precisar normas sobre el funcionamiento de plataformas virtuales, la interacción entre docentes y estudiantes, el monitoreo académico y el uso de herramientas tecnológicas certificadas.
- Determinar requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento para las carreras que necesitan prácticas especializadas o laboratorios.
- Aplicar supervisiones posteriores para confirmar que las instituciones cumplan las CBC establecidas.
Asimismo, el documento sostiene que los programas a distancia que incluyan actividades presenciales obligatorias deberán ser remitidos a la Sunedu para un registro declarativo, lo que fortalecerá el control de la oferta educativa.
Marco legal y lineamientos sobre educación virtual
La propuesta se sustenta en los artículos de la Ley Universitaria, que exigen que las modalidades a distancia aseguren interacción permanente entre docentes y estudiantes, apoyándose en herramientas digitales que promuevan el aprendizaje autónomo, evaluaciones formativas y capacitación continua en tecnologías de la información.
Los informes técnicos de la Dirtensu respaldan la viabilidad del reglamento bajo el marco normativo vigente. De acuerdo con la Oficina de Asesoría Jurídica, no se necesita aplicar un Análisis de Calidad Regulatoria (ACR), ya que —según señalaron— el documento “no genera nuevos procedimientos administrativos”. Además, recordaron que la propuesta se elaboró en consonancia con el Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante.
Consulta pública por 15 días
Sunedu inició un período de 15 días calendario para que universidades, especialistas y ciudadanía en general puedan enviar sus observaciones y aportes. Los comentarios podrán ser remitidos mediante:
- Mesa de partes: Calle Aldabas 337, Santiago de Surco (8:00 a 16:30).
- Correo electrónico: [email protected]
- Formulario virtual: disponible en el portal institucional.
La Dirtensu será la encargada de revisar y valorar cada aporte recibido para la elaboración del documento final. La resolución también dispone que el proyecto completo —incluidos sus siete anexos y la exposición de motivos— sea publicado en la página web de Sunedu el mismo día de su difusión oficial.
