La minera Shougang Hierro Perú S.A.A. anunció la suspensión de sus operaciones productivas a partir del lunes 12 de mayo, luego de un grave incidente ocurrido el pasado 5 de mayo en sus instalaciones portuarias de San Nicolás, en Marcona, Ica.
Durante las labores de embarque de mineral de hierro, se produjo la rotura y caída del único shiploader (gantry) sobre la cubierta de un barco, lo que generó un sobrestock de mineral y la imposibilidad de continuar con la exportación.
La empresa informó que la reposición del equipo averiado tomará entre cuatro a cinco meses, debido a que debe ser fabricado en China, ya que no existen proveedores en Sudamérica. Esta situación ha sido calificada por la compañía como un caso fortuito y de fuerza mayor, acreditado por notario y la Policía Nacional.
Ante esta situación, desde el lunes 12 de mayo, Shougang aplicará una suspensión temporal perfecta de labores para su personal, conforme a la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Sin embargo, con el fin de mitigar el impacto sobre los trabajadores, se implementarán medidas progresivas según el estado de sus vacaciones.
Shougang Hierro Perú: Los trabajadores serán divididos en tres grupos:
Con descanso vacacional vigente: continuarán su período de vacaciones, luego recibirán capacitación en Seguridad y Salud Ocupacional (SSO), y posteriormente gozarán de vacaciones anticipadas antes de pasar a suspensión perfecta.
Con vacaciones vencidas: iniciarán su descanso desde el 12 de mayo, seguirán con la capacitación y desde el 18 de junio se les asignarán vacaciones anticipadas.
Sin vacaciones vencidas ni vigentes: participarán primero en la capacitación y desde el 19 de mayo tomarán vacaciones anticipadas.
Al finalizar estos procesos, si la empresa aún no puede reanudar operaciones, se aplicará la suspensión perfecta de labores por un período inicial de 30 días, prorrogables.
En respuesta, el Sindicato de Empleados de Shougang Hierro Perú emitió un comunicado rechazando la medida. La organización sindical cuestiona la calificación del hecho como caso fortuito o de fuerza mayor, argumentando que la caída del cargador de barcos no constituiría un evento imprevisible ni irresistible, y que podría atribuirse a una falta de mantenimiento o a una deficiencia interna de la empresa.
Además, sostienen que la empresa no puede afectar las remuneraciones de sus empleados bajo un supuesto que no derive de un hecho externo.
Como medida de acción, el sindicato convocó a sus afiliados a presentarse en sus puntos de recojo habituales para realizar constataciones, las cuales contarán con la participación de la Policía y de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Ambas partes han comunicado sus posiciones a las autoridades correspondientes, mientras se espera que se realicen las evaluaciones necesarias sobre la legalidad de las medidas adoptadas y los reclamos presentados.