A pocos días de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, los candidatos Deyanira Salazar y Harold Rodríguez afrontan observaciones relacionadas con la información consignada en sus hojas de vida electorales. Ambos casos están vinculados a presuntas omisiones de experiencia laboral y patrimonial declarada ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Los candidatos electorales Deyanira Salazar y Harold Rodríguez afrontan observaciones y procedimientos ante el Jurado Electoral Especial por presuntas omisiones en sus hojas de vida. Salazar, postulante a la alcaldía provincial de Arequipa, es cuestionada por no consignar su vinculación con la empresa Salazar Construye E.I.R.L., la cual contrató con municipios de Arequipa y Moquegua. Por su parte, Rodríguez, candidato al Gobierno Regional de Arequipa, enfrenta un procedimiento sancionador formal por omitir una gerencia y la posesión de participaciones sociales según registros de la Sunarp. De confirmarse infracciones a la normativa electoral, ambos podrían recibir sanciones que incluyen correcciones, multas de 1 a 10 UIT e incluso la remisión de los actuados al Ministerio Público.
- Deyanira Salazar, candidata a la alcaldía de Arequipa por el Partido del Buen Gobierno, es investigada por omitir su experiencia en la empresa Salazar Construye E.I.R.L., proveedora del Estado por cerca de S/ 500 mil.
- Harold Rodríguez, aspirante al Gobierno Regional de Arequipa por Renovación Popular, afronta un procedimiento sancionador abierto por el JEE de Arequipa mediante la Resolución N.° 02066-2026-JEE-AQPA/JNE.
- Reportes de Sunarp indican que Rodríguez omitió declarar una gerencia en VEL & ROD S.R.L. en 2020 y la suscripción de 200 mil participaciones en el Centro de Educación Técnico Productiva San Cayetano S.R.L.
- El reglamento del JNE y la Ley de Organizaciones Políticas contemplan sanciones que abarcan la anotación marginal, multas de 1 a 10 UIT y la posible derivación del caso al Ministerio Público si amerita evaluar responsabilidad penal.
La candidata a la Municipalidad Provincial de Arequipa por el Partido del Buen Gobierno y el postulante al Gobierno Regional de Arequipa por Renovación Popular podrían afrontar consecuencias administrativas si se determina que omitieron información que debía ser consignada en sus declaraciones juradas.
El Reglamento de Declaración Jurada de Hoja de Vida establece que los candidatos deben registrar, entre otros datos, sus experiencias de trabajo en los sectores público y privado correspondientes a los últimos diez años.
Deyanira Salazar es cuestionada por experiencia empresarial omitida
Deyanira Salazar, candidata a la Municipalidad Provincial de Arequipa por el Partido del Buen Gobierno, es cuestionada por no haber consignado en su hoja de vida la experiencia relacionada con su empresa Salazar Construye E.I.R.L.
Según la información difundida sobre el caso, la empresa registró contrataciones con municipalidades de Arequipa y Moquegua por cerca de S/ 500 mil.
La actividad empresarial habría sido desarrollada antes de que la titularidad de la empresa fuera transferida. El área de Fiscalización del Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa puede elaborar un informe sobre la presunta omisión y solicitar los descargos de la candidata.
Con base en la documentación presentada y los descargos, el organismo electoral deberá determinar si corresponde archivar el caso, disponer una corrección o anotación marginal en la hoja de vida o aplicar una sanción.
El reglamento aprobado mediante la Resolución N.° 0846-2025-JNE establece que la hoja de vida debe incluir las experiencias de trabajo, oficios, ocupaciones o profesiones desarrolladas tanto en el sector público como privado.
Por ello, la fiscalización busca determinar si la actividad empresarial de Salazar debía formar parte de la información presentada al momento de su inscripción como candidata.
La eventual omisión no implica por sí misma que la candidata haya cometido un delito. Primero corresponde determinar, mediante el procedimiento electoral, si existió una infracción y qué consecuencia corresponde.
Harold Rodríguez omitió gerencia de empresa, según JEE
El candidato al Gobierno Regional de Arequipa por Renovación Popular, Harold Edgard Rodríguez Quispe, también afronta un procedimiento sancionador por información presuntamente omitida en su hoja de vida.
De acuerdo con la información remitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), Rodríguez habría ejercido el cargo de gerente de la empresa VEL & ROD S.R.L. durante 2020, experiencia que no habría consignado en su declaración jurada.
En su hoja de vida sí declaró haber ejercido cargos gerenciales en Revelación Perú E.I.R.L., Strategy Evolution E.I.R.L. y Grupo Milkar E.I.R.L. El JEE Arequipa abrió un procedimiento sancionador mediante la Resolución N.° 02066-2026-JEE-AQPA/JNE y notificó al personero legal de Renovación Popular para que presente los descargos correspondientes.
La fiscalización electoral también identificó información relacionada con la participación de Rodríguez en el Centro de Educación Técnico Productiva San Cayetano S.R.L.
Según la información remitida por SUNARP, el candidato habría suscrito y pagado 200 mil participaciones sociales de dicha empresa. Sin embargo, en el apartado correspondiente de su hoja de vida habría indicado que no tenía información que declarar sobre acciones y participaciones. Este punto forma parte del procedimiento iniciado por el JEE y deberá ser evaluado junto con los descargos de la organización política.
¿Qué sanciones podrían aplicarse?
La Ley de Organizaciones Políticas y el reglamento del JNE contemplan consecuencias para los casos en que se determine la existencia de información falsa u omitida en la declaración jurada de hoja de vida.
Entre las medidas previstas se encuentra la corrección de la información y una multa de entre 1 y 10 UIT, dependiendo de lo que determine la autoridad electoral.
Asimismo, cuando corresponda, los actuados pueden ser remitidos al Ministerio Público para que evalúe la existencia de una eventual responsabilidad penal. Por ello, una observación o procedimiento sancionador no significa que exista una responsabilidad penal ya determinada.
En el caso de Deyanira Salazar, corresponde que el JEE evalúe la información fiscalizada y los descargos que eventualmente presente la candidata antes de determinar si existe una infracción electoral. Respecto a Harold Rodríguez, el procedimiento sancionador ya fue abierto y se encuentra pendiente de la evaluación de los descargos y de la decisión correspondiente.
Ambos casos deberán ser resueltos por los organismos electorales competentes. Si se determina que existió una omisión o falsedad que amerite otras acciones, el caso podría continuar por la vía correspondiente.
