Los agricultores que poseen terrenos en zonas de frontera podrán acceder a un proceso extraordinario para regularizar la situación legal de sus predios, luego de que el Gobierno promulgara la Ley N.° 32700. La disposición alcanza a diversas regiones del país, entre ellas Tacna, donde el distrito de La Yarada-Los Palos figura entre los potenciales beneficiarios.
El Gobierno promulgó la Ley N.° 32700 para establecer un proceso excepcional de formalización de predios agrícolas en zonas de frontera, beneficiando a regiones como Tacna. Los productores interesados tienen plazo hasta diciembre de 2028 para regularizar su situación legal, siempre que demuestren actividades previas al cierre de 2020. La norma exige contar con sistemas de riego tecnificado y será ejecutada por los gobiernos regionales bajo lineamientos específicos. Esta medida busca otorgar seguridad jurídica sobre terrenos trabajados históricamente, excluyendo áreas urbanas, protegidas o destinadas a la defensa nacional.
- La Ley N.° 32700 permite el saneamiento físico-legal de tierras agrícolas en fronteras hasta el 31 de diciembre de 2028.
- Los beneficiarios deben acreditar el inicio de sus actividades agrícolas antes del 31 de diciembre de 2020.
- Es requisito indispensable que el predio cuente con un sistema de riego tecnificado para garantizar el recurso hídrico.
- El proceso excluye expresamente zonas urbanas, áreas naturales protegidas, sitios arqueológicos y terrenos reservados para la defensa nacional.
- Los gobiernos regionales estarán a cargo del procedimiento siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley N.° 31145.
Norma fija plazo hasta diciembre de 2028 para el saneamiento físico-legal de tierras agrícolas
La ley, publicada en la edición del 4 de julio del Diario Oficial El Peruano, tiene como finalidad principal fortalecer proyectos de irrigación en los departamentos de Cajamarca, Lambayeque, Amazonas, La Libertad y Piura, además de impulsar el proyecto Tinajones II mediante el trasvase de aguas del río Marañón.
Sin embargo, una de las disposiciones que mayor impacto tendrá en las regiones fronterizas establece un régimen excepcional para la formalización de predios agrícolas. En ese sentido, los productores podrán acogerse al proceso hasta el 31 de diciembre de 2028, siempre que acrediten haber iniciado sus actividades agrícolas antes del 31 de diciembre de 2020.
Entre los requisitos exigidos por la norma también se encuentra que el predio cuente con un sistema de riego tecnificado que garantice la disponibilidad del recurso hídrico. El procedimiento será desarrollado por los gobiernos regionales, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley N.° 31145.
La legislación precisa, además, que el proceso de formalización no comprenderá terrenos destinados a vivienda, zonas urbanas o de expansión urbana, áreas de uso público, ríos, lagunas y sus fajas marginales, áreas naturales protegidas, zonas forestales, sitios arqueológicos, predios reservados para proyectos de inversión o infraestructura, obras hidroenergéticas, intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios ni tierras reservadas por el Estado para fines de Defensa Nacional.
Con esta medida, el Ejecutivo amplía las oportunidades para que los agricultores de las zonas de frontera obtengan seguridad jurídica sobre los terrenos que vienen trabajando desde hace varios años, siempre que cumplan con las condiciones establecidas en la nueva disposición legal.
