El 11 de febrero de 2025, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), realizará la audiencia de apelación de la solicitud de vacancia que se ha realizado en contra del alcalde provincial de Arequipa, Víctor Hugo Rivera Chávez. Al burgomaestre se le cuestiona por presuntamente haber contratado una persona para que cuide a su mascota de nombre “Flechita”.
La cita será virtual. Las partes ingresarán por la plataforma zoom a las 9.00 de la mañana. Participarán los abogados de la autoridad, además de la solicitante de la vacancia, Claudia Orihuela Larico, además del abogado de la misma. Asimismo, estará presente el adherente de la vacancia.
Tras escuchar a las partes, el pleno del jurado hará la revisión del caso y emitirá resolución en un plazo de tres días hábiles.
Pedido de vacancia por mascota de alcalde
El pedido de vacancia contra el alcalde Rivera, se presentó en el año 2023. En ese entonces, Claudia Orihuela Larico, fundamentó su pedido de vacancia en que el burgomaestre habría contratado a Herbert Arenas Román, para cuidar a su mascota.
En respuesta, el alcalde provincial, negó ello. Explicó que Arenas, fue contratado como chofer y personal de seguridad.
Desde que se presentó el pedido de vacancia, el mismo ha pasado por dos votaciones en el pleno del concejo de la Municipalidad Provincial de Arequipa. En ambas ocasiones, la mayoría de regidores han votado en contra.
La primera votación de los regidores, fue anulada por el Jurado por falta de fundamentación del voto que emitieron los regidores.
En la segunda votación, los regidores sustentaron su voto del porque, votaron a favor o en contra. Ahora solo queda que el jurado emita una decisión final.
Contraloría emitió informe sobre caso de mascota
Según el informe N.º 052-2023-2-0353-AQP de la Contraloría, se detectaron varias observaciones en la contratación de Herbert Arenas Román.
Una de las anomalías fue que se le contrató para la prestación de servicios de seguridad y vigilancia privada para el despacho de Gerencia Municipal y no para alcaldía.
Asimismo, Contraloría detectó que a Arenas se le contrató bajo el Decreto Legislativo N.º 1213, el cual establece que las personas que presten el servicio de seguridad en la modalidad individual, patrimonial o personal, deben contar con el registro o la autorización expedida por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), documento que no tenía Arenas.