Para el Ministerio Público. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) oficializó el 5 de noviembre de 2025 el Decreto Supremo N.º 241-2025-EF, con el cual se establece una actualización en la escala salarial destinada al personal administrativo y de apoyo a las labores fiscales del Ministerio Público, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728.
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¿A quién beneficia este reajuste remunerativo?
La medida se basa en la Ley N.º 32263, norma que autorizó al MEF a modificar y actualizar las remuneraciones del personal perteneciente a esta institución. El propósito, según lo señalado por la ley, es garantizar condiciones de empleo dignas y justas, acordes con la relevancia y aporte social del servicio que desempeñan. En el documento se especifica que las remuneraciones varían según el cargo, iniciando en S/ 3.842 para quienes ocupen el puesto de auxiliar administrativo y alcanzando los S/ 15.600 para el cargo de gerente general.
El Decreto también indica que ningún servidor podrá recibir un monto superior al establecido y que se mantendrán como beneficios únicamente las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, la bonificación por escolaridad, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y la Asignación Familiar. Además, se prohíben otros tipos de pagos no contemplados en este dispositivo legal, a menos que respondan a futuros acuerdos amparados por la Ley N.º 31188, referida a la Negociación Colectiva en el Sector Estatal.
Ministerio Público: próximos pasos para su ejecución
La implementación de la escala estará a cargo del MEF mediante la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, la cual deberá registrar los montos en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), herramienta que permitirá garantizar claridad y control sobre el gasto estatal.
Finalmente, con la publicación del nuevo decreto, se dejan sin efecto la mayoría de disposiciones del Decreto Supremo N.º 409-2019-EF, a excepción de su artículo 3, el cual establecía que el “40% de la escala de ingresos de los servidores del Ministerio Público se encuentra afecto a carga social”.
