El Cuarto Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jacobo Hunter, en Arequipa, logró una sentencia condenatoria contra Juan Palomino L. y María Chirinos Q. por actuar en complicidad para evadir el pago de la pensión alimenticia ordenada a favor de las dos hijas del acusado.
La madre de las agraviadas inició una demanda de pensión alimenticia contra Juan Palomino L., la cual concluyó con una orden judicial que lo obligaba a pagar S/7,749.47 por concepto de deuda alimentaria del periodo del 14 de febrero de 2013 al 31 de julio de 202.
Así como S/24,272.95 por liquidación de pensiones correspondientes al periodo del 1 de agosto de 2023 al 30 de septiembre de 2026. Sin embargo, el acusado incumplió reiteradamente dicha obligación, lo que motivó la intervención del Ministerio Público.
En el proceso, el acusado argumentó que desde agosto de 2012 el 60% de sus ingresos era retenido para cumplir con otras obligaciones: 20% destinado a su esposa María Chirinos Q. y 40% a favor del hijo de ambos.
Sin embargo, las investigaciones fiscales realizadas evidenciaron que esta obligación había sido simulada con el fin de impedir que las hijas del acusado recibieran la pensión alimenticia que les correspondía.
Durante el juicio, el fiscal adjunto provincial, Christian Gonzalo Velarde Romero, acreditó que los acusados actuaron de forma premeditada para evadir la responsabilidad de asistir económicamente a las menores, configurando así el delito contra la familia en la modalidad de omisión a la asistencia familiar agravada
Sentencia: deben pagar reparación civil
El Juzgado dictó sentencia contra ambos imputados, quienes deberán: pagar una reparación civil total de S/33,022.42 en favor de las agraviadas. Cumplir reglas de conducta por tres años, bajo la reserva del fallo condenatorio.
Los sentenciados tienen la obligación de: comparecer ante el juzgado cada dos meses para justificar sus actividades, abstenerse de cometer nuevos delitos dolosos de la misma naturaleza, no ausentarse de su lugar de residencia sin autorización del Juzgado de Ejecución.
En caso de incumplir alguna de estas condiciones, el periodo de prueba será revocado y se les impondrá un año y seis meses de pena privativa de libertad efectiva.
Finalmente, el Ministerio Público reafirma su compromiso de proteger los derechos de las niñas, niños, adolescentes, promoviendo el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y sancionando cualquier acción que busque evadirlas.