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¿El 27 de julio será feriado? Conoce quiénes descansarán antes de Fiestas Patrias

¿El 27 de julio será feriado? Conoce quiénes descansarán antes de Fiestas Patrias.
¿El 27 de julio será feriado? Conoce quiénes descansarán antes de Fiestas Patrias.

El lunes 27 de julio de 2026 no tendrá la condición de feriado nacional en el Perú. No obstante, el Gobierno dispuso que esa fecha sea considerada día no laborable para los trabajadores del sector público, con el propósito de extender el descanso por las celebraciones de Fiestas Patrias junto al fin de semana y los feriados del 28 y 29 de julio.

El Gobierno peruano declaró el lunes 27 de julio de 2026 como día no laborable para el sector público mediante el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM. Esta medida busca extender el descanso por Fiestas Patrias al unirse con los feriados nacionales del 28 y 29 de julio y el fin de semana previo. Los trabajadores estatales deberán recuperar las horas dejadas de laborar, mientras que en el sector privado el descanso es opcional y sujeto a acuerdo entre empleador y empleados. Los servicios esenciales como salud, seguridad y transporte mantendrán su operatividad normal durante esta jornada.

  • El 27 de julio de 2026 no tiene condición de feriado nacional, sino de día no laborable compensable para el sector público.
  • La disposición permite un puente festivo de cinco días consecutivos para los servidores del Estado.
  • En el ámbito privado, la aplicación de la jornada no laborable dependerá de un acuerdo previo entre las partes.
  • Los servicios críticos de salud, seguridad, energía y finanzas garantizarán la continuidad de sus actividades.
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Sector público tendrá descanso, pero deberá compensar las horas no trabajadas

La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano. La norma establece la suspensión de labores en las entidades públicas durante el 27 de julio, aunque precisa que las horas dejadas de trabajar deberán recuperarse posteriormente, conforme al cronograma que determine cada institución.

Con esta disposición, los servidores públicos podrán disfrutar de cinco días consecutivos de descanso, considerando el sábado 25, domingo 26, el día no laborable del lunes 27 y los feriados nacionales del martes 28 y miércoles 29 de julio.

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Asimismo, el decreto dispone que la compensación de horas deberá efectuarse dentro de los diez días siguientes o en el plazo que establezca cada entidad, de acuerdo con sus necesidades. Además, el 27 de julio seguirá siendo considerado un día hábil para efectos tributarios.

En el caso del sector privado, la norma no obliga a otorgar descanso ese día. Las empresas podrán acordar con sus trabajadores acogerse al día no laborable y, de no existir consenso, será el empleador quien defina la forma en que se cumplirá la jornada laboral.

Asimismo, la disposición mantiene la continuidad de los servicios esenciales. Esto comprende áreas como salud, seguridad, transporte, suministro de electricidad y agua, telecomunicaciones, puertos, aeropuertos, hospedaje, restaurantes y el sistema financiero, que continuarán operando con normalidad.

¿En qué se diferencia un feriado de un día no laborable?

La legislación peruana establece diferencias claras entre ambas figuras. Los feriados nacionales son días de descanso obligatorio para trabajadores de los sectores público y privado.

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Durante estas fechas, el trabajador conserva íntegramente su remuneración y no está obligado a recuperar las horas no laboradas. Además, si presta servicios sin recibir un descanso sustitutorio, tiene derecho a percibir una remuneración triple.

En julio de 2026, los feriados corresponden al 23 de julio (Día de la Fuerza Aérea del Perú) y al 28 y 29 de julio, por las celebraciones de Fiestas Patrias.

Por otro lado, los días no laborables son establecidos por el Poder Ejecutivo y su cumplimiento es obligatorio únicamente para el sector público. En el ámbito privado, su aplicación depende de un acuerdo entre empleador y trabajador.

Aunque la remuneración se mantiene, las horas no trabajadas deben ser compensadas posteriormente, tal como ocurrirá con el lunes 27 de julio de 2026, fecha que fue declarada con el objetivo de generar un puente festivo antes de las celebraciones por la Independencia del Perú.

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