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Caso Pedro Castillo: exministro afirma que cumpliría condiciones para la gracia presidencial

Caso Pedro Castillo: exministro afirma que cumpliría condiciones para la gracia presidencial.
Caso Pedro Castillo: exministro afirma que cumpliría condiciones para la gracia presidencial.

El expresidente Pedro Castillo podría reunir los requisitos necesarios para acceder a una gracia presidencial que le permitiría dejar el establecimiento penitenciario de Barbadillo, sostuvo el exministro del Interior Wilfredo Pedraza Sierra en diálogo con este medio. El especialista explicó que la evaluación del caso depende del cumplimiento de exigencias legales específicas y de una eventual decisión del Poder Ejecutivo.

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Especialista detalla requisitos legales y señala que la decisión final es política

Según el marco normativo vigente, para acceder a una gracia presidencial se requiere que la persona no cuente con una sentencia firme, que haya permanecido como procesado por un tiempo equivalente al doble del plazo previsto para el proceso y que demuestre buena conducta dentro del centro penitenciario.

Asimismo, la ley establece restricciones para el otorgamiento de este beneficio en delitos graves como sicariato, extorsión o violación sexual de menores de edad, entre otros casos contemplados por la normativa.

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Bajo este contexto, Pedraza consideró que el caso del expresidente Castillo no presentaría impedimentos legales, ya que mantiene la condición de procesado y, según su análisis, habría cumplido el tiempo exigido como parte del procedimiento.

El exministro precisó que esta figura es distinta al indulto o al indulto humanitario. Explicó que el indulto solo procede cuando existe una sentencia firme, condición que aún no se cumple debido a que el proceso judicial sigue en trámite. Del mismo modo, descartó la posibilidad de un indulto humanitario al no acreditarse una enfermedad grave o terminal.

En ese sentido, indicó que, una vez verificados los requisitos, la decisión sobre la gracia presidencial pasa a tener un carácter principalmente político, quedando en manos del Gobierno determinar si la otorga o no.

Respecto al procedimiento, explicó que el pedido es evaluado inicialmente por la Comisión de Gracias Presidenciales, la cual emite un informe técnico que luego es elevado al Ministerio de Justicia y finalmente al presidente de la República. Sin embargo, aclaró que este documento no es vinculante.

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El especialista señaló que, en la práctica, la opinión de la comisión suele ser tomada en cuenta, aunque el presidente tiene la facultad de decidir incluso sin un informe favorable. “En los cerca de 30 años que conozco estos temas, no recuerdo que un presidente haya concedido un beneficio sin contar previamente con un informe de la Comisión de Gracias”, precisó.

Finalmente, Pedraza indicó que los tiempos del trámite no están definidos y dependen tanto de la carga de trabajo de la comisión como de la voluntad política. Además, recordó que cualquier decisión requiere la firma del ministro de Justicia para tener validez legal, lo que convierte su respaldo en un requisito indispensable dentro del proceso.

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