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APUNTE JURÍDICO | Encuestas electorales en Perú: entre la medición y la manipulación del voto ciudadano

APUNTE JURÍDICO | Encuestas electorales en Perú: entre la medición y la manipulación del voto ciudadano
APUNTE JURÍDICO | Encuestas electorales en Perú: entre la medición y la manipulación del voto ciudadano

Apunte Jurídico | En toda democracia moderna, la información es poder. Y en los procesos electorales, ese poder se materializa en gran medida a través de las encuestas de opinión pública. Estas no solo registran tendencias, sino que pueden influir decisivamente en la conducta del electorado.

Las encuestas electorales en el Perú enfrentan serios cuestionamientos debido a su capacidad para influir en la conducta del electorado y al desfase registrado en comicios recientes como los de 2021. La brecha entre las proyecciones de firmas reconocidas y los resultados finales evidencia limitaciones metodológicas que afectan la percepción de competitividad real de los candidatos. Pese a que el Jurado Nacional de Elecciones posee facultades para regular y fiscalizar estos estudios, la proliferación de encuestas informales sin respaldo técnico debilita la confianza en el sistema democrático. Es necesario fortalecer la supervisión institucional para asegurar que la información difundida sea veraz y no distorsione la voluntad popular. El control de estas mediciones se presenta como una exigencia fundamental para proteger la autenticidad del proceso electoral.

  • Las elecciones presidenciales de 2021 mostraron una desconexión significativa entre los resultados finales y las proyecciones de encuestadoras como Datum y CPI.
  • La difusión de encuestas sin sustento técnico fomenta artificialmente el "voto òtil", alterando la competencia política equitativa.
  • El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) es el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de las normas electorales y el Registro Electoral de Encuestadoras.
  • Existe un desafíO estructural por la falta de control sobre estudios difundidos en redes sociales que no cumplen con los requisitos de inscripción legal.
  • Se propone fortalecer los mecanismos de sanción para quienes divulguen información inexacta o engañosa que afecte la decisión ciudadana.
Generado con IA a traves de OpenAI. Verifica los datos en el contenido original.
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Cuando funcionan correctamente, orientan; cuando fallan o se manipulan, distorsionan la voluntad popular. Por ello, la pregunta no es menor: ¿Quién controla a quienes pretenden medir la opinión ciudadana?.

En los últimos años, las encuestadoras han sufrido un deterioro progresivo en su credibilidad. El caso más evidente se produjo en las elecciones presidenciales de 2021. A pocas semanas de los comicios, diversas encuestas presentaban escenarios que no guardaban relación con el resultado final.

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Datum Internacional, por ejemplo, al 21 de marzo de 2021, ubicaba a Yonhy Lescano con 14%, seguido de Rafael López Aliaga con 9% y George Forsyth con 8%, mientras que Pedro Castillo apenas alcanzaba el 3%. En la misma línea, CPI mostraba cifras similares, relegando también a Castillo a porcentajes marginales.

Desfase entre encuestas y resultados reales

¿Qué ocurrió entonces? Una explicación recurrente apunta al alto porcentaje de indecisos y de votos blancos o viciados. Datum reportaba 14% de votos blancos o viciados y 17% de indecisos; CPI, por su parte, señalaba 15.6% y 23.2%, respectivamente. Sin embargo, estas variables no explican por completo la magnitud del desfase.

Las proyecciones de crecimiento o declive de los candidatos no se cumplieron, lo que evidencia limitaciones metodológicas o, en el peor de los casos, sesgos en la elaboración o interpretación de los estudios.

A nivel local, el problema se intensifica. Se observa la proliferación de encuestas sin respaldo técnico que colocan a determinados candidatos en posiciones expectantes, generando percepciones artificiales de competitividad.

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Este fenómeno impacta directamente en el comportamiento del electorado, que suele inclinarse por el denominado “voto útil”, es decir, por aquellos candidatos que aparentan tener mayores probabilidades de triunfo. Así, la encuesta deja de ser un instrumento de medición para convertirse en un mecanismo de influencia.

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Falta de control y desafíos para la democracia

Desde el punto de vista normativo, el ordenamiento jurídico peruano no es ajeno a esta problemática. La Constitución, en su artículo 178, inciso 3, asigna al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la función de velar por el cumplimiento de las normas electorales.

Asimismo, la Ley Orgánica del JNE (Ley N.º 26486) le otorga facultades reglamentarias para regular estos procesos. En ese marco, el JNE aprueba en cada proceso electoral un Reglamento sobre Encuestas Electorales, como la Resolución N.° 0107-2025-JNE.

No obstante, la existencia de normas no garantiza por sí misma la calidad ni la veracidad de las encuestas. Persisten problemas estructurales, como la informalidad y la falta de control efectivo.

No todas las encuestadoras están inscritas en el Registro Electoral de Encuestadoras (REE), y es frecuente la difusión de estudios en redes sociales sin sustento metodológico ni supervisión institucional, pese a que la normativa exige dicha inscripción como condición habilitante.

En una democracia constitucional, la formación de la voluntad popular debe basarse en información veraz y transparente. Permitir que encuestas sin control técnico influyan en el electorado no solo distorsiona la competencia política, sino que debilita la confianza en el sistema democrático.

El desafío es claro: fortalecer los mecanismos de supervisión y exigir estándares técnicos verificables. El Jurado Nacional de Elecciones debe asumir un rol más activo, no solo regulando, sino fiscalizando de manera efectiva y sancionando con firmeza a quienes difundan información inexacta o engañosa.

Porque, en última instancia, no se trata solo de medir la opinión pública, sino de proteger la autenticidad de la decisión ciudadana. Si las encuestas pueden influir en el voto, entonces su control no es un asunto accesorio, sino una exigencia democrática fundamental.

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