Un informe de fiscalización en la Universidad Nacional del Altiplano (UNA) de Puno evidenció contravenciones a las normativas vigentes. La entidad fiscalizadora determinó que las autoridades universitarias exigieron un requisito extra no contemplado en la ley, lo cual bloqueó la formalización laboral de 38 profesores que postulaban a plazas nombradas.
Un informe de fiscalización en la Universidad Nacional del Altiplano de Puno reveló contravenciones a la normativa vigente durante el proceso de nombramiento excepcional. Las autoridades universitarias incorporaron un requisito adicional no estipulado en la ley, lo que impidió la formalización laboral de 38 docentes postulantes. La titular del Órgano de Control Institucional, Yesenia Guevara González, señaló que se aprobó una directiva interna que alteró las condiciones legales al exigir vínculo laboral hasta el semestre 2024-II. Finalmente, se precisó que corresponde al Consejo Universitario evaluar y rectificar esta medida para decidir sobre la inclusión de los profesores afectados.
- Un informe de fiscalización detectó requisitos adicionales no contemplados en la ley en el proceso de nombramiento de la Universidad Nacional del Altiplano.
- La directiva interna impidió la formalización laboral de 38 catedráticos que postulaban a plazas nombradas.
- La universidad exigió acreditar relación laboral vigente hasta el periodo 2024-II, pese a que la norma oficial fijaba como límite el semestre 2023-II.
- El Consejo Universitario es el órgano competente encargado de evaluar y rectificar la medida para determinar la situación de los docentes afectados.
Modificaciones en las exigencias laborales limitan la formalización de docentes
Tras revisar de forma exhaustiva los expedientes de los postulantes, la titular del Órgano de Control Institucional (OCI), Yesenia Guevara González, detalló que se aprobó una directiva interna que alteraba las condiciones fijadas legalmente.
Específicamente, se exigió la acreditación de relación laboral vigente hasta el periodo académico 2024-II, pese a que la regulación oficial únicamente establecía como límite el semestre 2023-II.
En relación con esta inconsistencia, Guevara González afirmó que se transgredió el marco normativo al incluir exigencias adicionales. No obstante, la titular del OCI aclaró que la evaluación y rectificación de esta medida recae directamente en el Consejo Universitario, órgano competente para determinar si corresponde o no la inclusión de los profesionales perjudicados.
