El Estado peruano actualizó de manera oficial el reglamento del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec) con el fin de afinar las reglas de juego para la asignación y permanencia en sus programas académicos.
El Estado peruano actualizó el reglamento del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec) para modificar los requisitos de asignación y permanencia de sus programas. La nueva normativa exige a los postulantes pertenecer al tercio superior, mientras que para posgrados se requerirá haber estado en el quinto superior y percibir ingresos menores a cinco remuneraciones mínimas vitales. Respecto a la continuidad, los beneficiarios deberán mantener un promedio aprobatorio y no desaprobar dos veces la misma materia ni distintas materias en un mismo ciclo para evitar la cancelación del subsidio. Asimismo, se establecieron salvaguardas transitorias que impiden la aplicación retroactiva de estas causales de pérdida a los estudiantes que ya contaban con una beca adjudicada.
- Pronabec exige pertenecer al tercio superior para postular y, en el caso de posgrados, al quinto superior con ingresos no mayores a cinco remuneraciones mínimas vitales.
- Para conservar la beca, los alumnos deben matricularse en los créditos requeridos, mantener promedio aprobatorio y continuar en el tercio superior.
- Desaprobar dos veces el mismo curso o distintas materias en un solo periodo conllevará la cancelación definitiva del beneficio.
- Quedan excluidas de concursar las personas que hayan presentado información falsa o adeuden el Compromiso de Servicio al Perú.
- Las nuevas causales de pérdida de beca no se aplicarán de forma retroactiva a quienes ya gozaban del subsidio antes del cambio normativo.
La medida establece una evaluación académica más estricta para los becarios, al mismo tiempo que define con mayor claridad las causales por las cuales un estudiante podría perder este subsidio.
Exigencias académicas, restricciones y causales de pérdida del beneficio
Con la entrada en vigencia del nuevo marco normativo, los aspirantes deberán demostrar un rendimiento elevado. En ese sentido, la norma dispone formalmente que “el alto rendimiento académico para acceder a una beca comprende pertenecer al tercio superior del grupo de comparación que establezcan las bases de cada convocatoria”.
Para los posgrados, se exigirá haber pertenecido al menos al quinto superior durante el pregrado y contar con un ingreso personal no mayor a cinco remuneraciones mínimas vitales para sustentar la necesidad económica.

En lo respectivo a la continuidad de las becas, los alumnos tendrán que matricularse en los créditos requeridos, mantener un promedio aprobatorio constante y figurar en el tercio superior de su institución.
Por su parte, la reglamentación advierte que desaprobar dos veces la misma materia o distintas asignaturas en un mismo periodo supondrá la cancelación de la beca.
Finalmente, la disposición añade que no podrán concursar quienes hayan presentado información falsa o mantengan pendiente su Compromiso de Servicio al Perú.
Pese a estas severas condiciones, existen salvaguardas para el alumnado vigente, ya que la regla especifica que “las disposiciones transitorias establecen una excepción para quienes ya tenían una beca adjudicada cuando entró en vigor la norma”, protegiéndolos de la aplicación retroactiva de las nuevas causales de descalificación por desaprobación de cursos.
