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Arequipa: declaran en emergencia 45 distritos por déficit hídrico ante periodo de lluvias 2026-2027

Arequipa: declaran en emergencia 45 distritos por déficit hídrico ante periodo de lluvias 2026-2027
Arequipa: declaran en emergencia 45 distritos por déficit hídrico ante periodo de lluvias 2026-2027

El Gobierno declaró en estado de emergencia a 45 distritos de Arequipa debido al peligro inminente generado por el déficit hídrico previsto para el periodo de lluvias 2026-2027. La medida fue establecida mediante el Decreto Supremo N.° 116-2026-PCM y tendrá una vigencia de 60 días calendario.

El Gobierno declaró en estado de emergencia a 45 distritos de Arequipa por un periodo de 60 días ante el riesgo inminente de déficit hídrico para el periodo 2026-2027. La medida, oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 116-2026-PCM, alcanza a jurisdicciones en las provincias de Arequipa, Castilla, Caylloma, Condesuyos y La Unión. El objetivo es que las autoridades regionales y locales ejecuten acciones inmediatas de reducción de riesgo y rehabilitación frente a la escasez de agua. No obstante, el decreto establece que no se asignará presupuesto adicional, por lo que las entidades deberán financiar estas labores con sus propios recursos disponibles.

  • La declaratoria de emergencia tiene una vigencia de 60 días calendario y abarca distritos en cinco provincias del departamento de Arequipa.
  • Entre las jurisdicciones incluidas figuran zonas con características principalmente urbanas como Miraflores y Mariano Melgar.
  • Las autoridades locales, regionales y diversos ministerios deberán coordinar acciones preventivas y de respuesta con cargo a sus propios presupuestos.
  • La medida busca mitigar los posibles efectos del déficit hídrico proyectado para el próximo periodo de lluvias 2026-2027.
Generado con IA a traves de OpenAI. Verifica los datos en el contenido original.
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La declaratoria comprende jurisdicciones de las provincias de Arequipa, Castilla, Caylloma, Condesuyos y La Unión, donde las autoridades deberán adoptar medidas inmediatas para reducir el riesgo existente, atender eventuales emergencias y ejecutar acciones de rehabilitación ante los posibles efectos de la escasez de agua.

En la provincia de Arequipa fueron incluidos los distritos de Cerro Colorado, Chiguata, Mariano Melgar, Miraflores, Mollebaya, Paucarpata, Pocsi, Quequeña, San Juan de Tarucani, Yarabamba y Yura.

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La incorporación de Miraflores y Mariano Melgar genera interrogantes debido a que ambos distritos presentan principalmente características urbanas y no concentran actividades agrícolas o ganaderas en la misma proporción que otras jurisdicciones incluidas en la emergencia.

¿Qué distritos fueron incluidos en la emergencia?

En la provincia de Castilla, la declaratoria comprende a Ayo, Chachas, Chilcaymarca, Choco y Orcopampa.

En Caylloma, la lista es más extensa e incluye a Achoma, Cabanaconde, Callalli, Caylloma, Chivay, Coporaque, Huambo, Huanca, Ichupampa, Lari, Maca, Madrigal, San Antonio de Chuca, Sibayo, Tapay, Tisco, Tuti y Yanque.

Mientras tanto, en la provincia de Condesuyos fueron considerados los distritos de Cayarani y Salamanca.

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En la provincia de La Unión, la medida alcanza a Alca, Cotahuasi, Huaynacotas, Pampamarca, Puyca, Quechualla, Tomepampa y Toro.

La declaratoria permitirá que las autoridades regionales y locales, en coordinación con los sectores del Gobierno Nacional involucrados, adopten medidas destinadas a enfrentar los efectos que pueda generar el déficit hídrico durante el periodo de lluvias.

Emergencia no incluye presupuesto adicional

Uno de los aspectos que genera preocupación es que la declaratoria de emergencia no contempla una transferencia de recursos adicionales para las entidades involucradas.

El decreto establece que el Gobierno Regional de Arequipa, las municipalidades provinciales y distritales, así como los ministerios involucrados, entre ellos los sectores de Vivienda, Educación y Desarrollo Agrario, deberán coordinar y ejecutar las acciones necesarias para reducir los riesgos asociados al déficit hídrico.

Sin embargo, las entidades deberán financiar las acciones de prevención, respuesta y rehabilitación con cargo a sus propios presupuestos, de acuerdo con sus competencias y disponibilidad de recursos.

Esto significa que la declaratoria otorga un marco de emergencia para acelerar y priorizar determinadas acciones, pero no representa por sí misma la asignación de un presupuesto extraordinario para atender la situación.

Durante los 60 días de vigencia de la medida, las autoridades deberán implementar acciones orientadas a reducir los impactos de la escasez de agua y atender las posibles emergencias que puedan presentarse en las jurisdicciones comprendidas.

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