Nuevo límite de edad. El Gobierno peruano ha aprobado una nueva ley que modifica importantes aspectos del régimen laboral del sector público. A partir de enero de 2025, los trabajadores estatales bajo el Decreto Legislativo N.º 276 deberán cesar funciones al cumplir los 70 años, de acuerdo con lo establecido en la Ley N.º 32199.
Esta medida busca unificar los criterios de retiro en todas las entidades públicas, eliminando las diferencias que hasta ahora existían entre instituciones sobre la edad máxima para continuar en servicio. Con esta estandarización, se pretende lograr una gestión más ordenada y coherente del personal estatal.

Nuevos criterios para licencias sin goce de haber y cálculo de la CTS
La normativa también introduce modificaciones clave en materia de licencias y compensación por tiempo de servicios (CTS). A partir de su implementación, los servidores públicos podrán solicitar licencias sin goce de haber por un periodo total de hasta tres años dentro de un lapso de cinco años, ya sea de forma continua o interrumpida.
En cuanto a la CTS, la ley establece que el beneficio se calculará con base en el 100 % de una remuneración mensual por cada año completo de trabajo, o por fracciones mayores a seis meses. Este cambio ofrece mayor claridad sobre el derecho de los trabajadores y unifica criterios que anteriormente variaban.
Límite de edad: implementación obligatoria desde enero de 2025
Todas las entidades del Estado que empleen personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N.º 276 deberán adaptar sus procedimientos internos para cumplir con las disposiciones de la nueva ley a partir del 1 de enero de 2025. Esto incluye el respeto al nuevo límite de edad, la aplicación de las condiciones para licencias y el cálculo actualizado de la CTS.
Con esta reforma, el Ejecutivo busca ordenar la administración pública y garantizar condiciones laborales más justas y transparentes para todos los servidores estatales.