El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha iniciado un proceso sancionador contra la consejera regional de Arequipa, Marleny Bibiana Arminta Valencia, por una presunta infracción al principio de neutralidad electoral, al participar en una actividad proselitista en favor del precandidato presidencial Alfonso López Chau.
El hecho ocurrió el pasado 12 de junio durante una caravana política organizada por la agrupación “Ahora Nación”, en plena jornada laboral.
Según el informe del JNE, la consejera fue vista vistiendo prendas con el logo del movimiento político y participando activamente del evento, donde se le observa arengando y bailando junto al aspirante presidencial. Imágenes y videos del acto fueron difundidos por diversos medios de comunicación y redes sociales, generando cuestionamientos sobre el uso del cargo público para fines políticos.
Además, el documento del JNE indica que ese mismo día, Arminta había registrado participación en una actividad oficial del Consejo Regional, lo que evidenciaría que se encontraba cumpliendo funciones como autoridad al momento de sumarse al mitin.
Frente a las críticas, la consejera regional declaró públicamente: “Si cometí un error, pido disculpas a quienes se hayan sentido vulnerados”. Según su versión, su participación en la caravana se produjo “durante el horario de refrigerio”, intentando deslindar responsabilidades sobre un posible uso indebido del cargo.
No obstante, especialistas en materia electoral señalan que el principio de neutralidad aplica a toda jornada en la que se desempeña un cargo público, incluso si se trata de momentos de descanso dentro del horario de trabajo.
El informe del JNE advierte que Marleny Arminta “queda claramente identificada como autoridad inmersa en la actividad de la organización política ‘Ahora Nación’, influenciando en la ciudadanía”, lo que constituye una presunta vulneración al principio de imparcialidad que deben guardar todos los funcionarios públicos durante procesos electorales.
JNE: consejera podría ser sancionada con amonestación o suspensión del cargo
De comprobarse la falta, las sanciones podrían ir desde una amonestación, suspensión temporal o definitiva del cargo, hasta la inhabilitación para ejercer funciones públicas. Además, se podría imponer una multa que va de 30 a 100 unidades impositivas tributarias (UIT), conforme a lo establecido en la Resolución N.º 0112-2025-JNE.
La decisión final sobre el caso estará en manos del pleno del Jurado Electoral Especial de Arequipa 1, que deberá evaluar los hechos, el contexto y la defensa de la consejera. Este proceso se da en medio del inicio del calendario electoral rumbo a las elecciones generales del 2026, lo que pone en alerta a otras autoridades y funcionarios sobre el cumplimiento estricto del principio de neutralidad.